Cuarto. Principios de actuación.
Cuarto de la Orden APA/63/2019, de 23 de enero, por la que se aprueba el primer Plan de Actuación del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación (2018-2022). · BOE-A-2019-1148
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-01.
Texto consolidado
La Subdirección General de Medios de Producción Agrícolas y OEVV y el Centro de Recursos Fitogenéticos, como unidades gestoras de los Planes de Actuación, se encargarán de desarrollar las siguientes funciones:
a) Publicar a través de sus propios medios el primer Plan de Actuación aprobado por la Comisión del Programa Nacional.
b) Establecer, en su caso, las bases reguladoras, u otros procedimientos, para gestionar las ayudas propias.
c) Realizar un seguimiento de las acciones financiadas que, en todo caso, incluirán la recepción de los informes anuales de los beneficiarios de las ayudas, visitas de seguimiento de técnicos designados para esta función y la recepción de un informe final.
d) Preparar una memoria anual sobre el cumplimiento del primer Plan de Actuación.
e) Fomentar la divulgación de los resultados de las acciones financiadas por el primer Plan de Actuación.
Más artículos de Orden APA/63/2019
- ← Tercero. Unidades gestoras de los planes de actuación.
- → Quinto. Financiación del Plan de Actuación (2018-2022).
- Ver la norma completa: Orden APA/63/2019, de 23 de enero, por la que se aprueba el primer Plan de Actuación del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación (2018-2022).