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Circular Vigente

Cuarto. Exenciones para las empresas que elaboren sus estados financieros bajo el Nuevo Plan General de Contabilidad de PYMES.

Cuarto de la Circular 5/2009, de 16 de julio, de la Comisión Nacional de Energía, sobre obtención de información de carácter contable y económico financiera de las empresas que desarrollen actividades eléctricas, de gas natural y gases manufacturados por canalización. · BOE-A-2009-14652

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-09-17.

Texto consolidado

Las empresas que puedan acogerse al Nuevo Plan General de Contabilidad de PYMES no estarán obligadas a facilitar el desglose de aquellas partidas que no estén recogidas en el mismo, dentro de los formularios de la presente Circular. Adicionalmente, tampoco estarán obligadas a reportar el Estado de cambios en el patrimonio neto. Ingresos y Gastos reconocidos, recogido en el Anexo IV de los Formularios eléctricos y gasistas, ni el Estado de Flujos de Efectivo, recogido en el Anexo VI de los Formularios eléctricos y gasistas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-09-17.

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