Cuarta.
Cuarta del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio, por el que se regulan diversas medidas de fomento del empleo. · BOE-A-1982-16409
Atención: Real Decreto 1445/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Uno. Quedan derogadas cuantas disposiciones reglamentarias se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto y en particular los Reales Decretos mil trescientos sesenta y uno/mil novecientos ochenta y uno, mil trescientos sesenta y dos/mil novecientos ochenta y uno mil trescientos sesenta y tres/mil novecientos ochenta y uno, mil trescientos sesenta y cuatro/mil novecientos ochenta y uno, de tres de julio; el Real Decreto mil ochocientos treinta y ocho/mil novecientos ochenta y uno, de tres de agosto; Real Decreto mil trescientos veintisiete/mil novecientos ochenta y uno, de diecinueve de junio; Real Decreto setecientos veintitrés/mil novecientos ochenta, de once de abril; Real Decreto dos mil quinientos cuarenta y cuatro/mil novecientos setenta y nueve, de diecinueve de octubre; Real Decreto cuatrocientos veintiuno/mil novecientos ochenta, de ocho de febrero; Real Decreto dos mil seiscientos cuarenta y nueve/mil novecientos setenta y nueve de dieciséis de noviembre; Real Decreto ochocientos siete mil novecientos ochenta, de veintinueve de febrero; Reales Decretos mil quinientos noventa y uno/mil novecientos ochenta mil quinientos noventa y dos/mil novecientos ochenta mil quinientos noventa y tres/mil novecientos ochenta, mil quinientos noventa y cuatro mil novecientos ochenta mil quinientos noventa y cinco/mil novecientos ochenta mil quinientos noventa y seis/mil novecientos ochenta, mil quinientos noventa y siete mil novecientos ochenta, mil quinientos noventa y ocho/mil novecientos ochenta, de once de julio; Real Decreto dos mil doscientos noventa y tres/mil novecientos ochenta, de tres de octubre, y Real Decreto dos mil quinientos setenta y ocho/mil novecientos ochenta, de siete de noviembre.
Dos. No obstante la derogación expresa que se lleva a cabo en el número anterior, dichas normas seguirán siendo de aplicación a los contratos que se hubiesen celebrado al amparo de las mismas.