CUADRO 5
CUADRO 5 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva. · BOE-A-1993-4678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-02-20.
Texto consolidado
Infracciones y sanciones graves
Infracciones (artículo 18)
Sanciones (artículo 25)
a) Incumplimiento reiterado órdenes órganos superiores.
a) Amonestación pública.
b) Actos notorios y públicos que atenten dignidad o decoro deportivos.
b) Multa de 100.000 a 500.000 pesetas.
c) Ejercicio de actividades incompatibles con función deportiva.
c) Pérdida de puntos opuestos en la clásificación.
d) No convocatoria órganos colegiados federativos.
d) Clausura recinto deportivo de hasta tres encuentros o dos meses.
e) Incumplimiento reglas administrativas y gestión del patrimonio.
e) Privación de derechos de socio, con excepción de los de SAD, de un mes a dos años.
f) Manipulación del material deportivos contra las reglas técnicas.
f) Inhabilitación de un mes a dos años, o de cuatro o más encuentros.
(Cuadro enumerativo.)
El listado de infracciones puede ser ampliado por los Estatutos y/o Reglamentos federativos (artículo 20).