CUADRO 3
CUADRO 3 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva. · BOE-A-1993-4678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-02-20.
Texto consolidado
Infracciones y sanciones muy graves a los clubes deportivos de carácter profesional y/o a sus administradores o directivos
Infracciones artículo 16
Sanciones artículo 23
Apercibimiento
Descenso de categoría
Expulsión competición
a) Incumplimiento de acuerdos económicos con la Liga profesional.
•
(menos de tres meses)
•
(más de tres meses)
b) Incumplimiento de deberes o compromisos con Estado o deportistas.
•
(no especial gravedad)
•
(especial gravedad)
•
(gravedad y reincidencia)
c) Incumplimiento regímenes de responsabilidad.
•
•
(con reincidencia)
(Cuadro de correspondencia.)
En todos los supuestos de infracción podrán imponerse, aparte de las previstas, sanciones de carácter económico sin que puedan ser inferiores a 500.000 pesetas ni superiores a 50.000.000 de pesetas (artículo 23.2).