Cláusula transitoria tercera
Cláusula transitoria tercera del Real Decreto 2777/1982, de 24 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España. · BOE-A-1982-28603
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-11-25.
Texto consolidado
En el Reglamento de Régimen Interior se especificarán las normas que determinen los títulos universitarios y los equivalentes para concurrir al concurso-oposición. Mientras no se apruebe la norma reglamentaria al respecto al concurso-oposición sólo concurrirán licenciados en Ciencias Económicas y Empresariales y Profesores mercantiles.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 293, de 7 de diciembre de 1982. Ref. BOE-A-1982-32123