Cláusula 6. Posibilidad de concursar.
Cláusula 6 del Decreto 215/1973, de 25 de enero, por el que se aprueba el pliego de cláusulas generales para la construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión. · BOE-A-1973-220
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-02-17.
Texto consolidado
Podrán presentar ofertas a los concursos las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no se hallen comprendidas en circunstancia alguna de las contenidas en los apartados uno al siete del artículo cuarto de la Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 923/1965, de 8 de abril.