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Decreto Vigente

Cláusula 42. Retirada de materiales no empleados en la obra.

Cláusula 42 del Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado. · BOE-A-1971-218

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1971-03-01.

Texto consolidado

A medida que se realicen los trabajos, el contratista debe proceder, por su cuenta, a la policía de la obra y a la retirada de los materiales acopiados que ya no tengan empleo en la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1971-03-01.

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