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Resolución Vigente 2 redacciones

Cláusula 4. Criterios de participación.

Cláusula 4 de la Resolución de 25 de enero de 2008, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de aprobación de las cláusulas generales aplicables al Servicio de Liquidación de Depósitos Interbancarios. · BOE-A-2008-2488

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-20.

Texto consolidado

Podrán ser admitidas como miembros del Servicio las entidades de crédito que:

(a) sean participantes en TARGET-Banco de España o en otro sistema integrante de TARGET, así como las que, sin ser participantes en TARGET-Banco de España o en otro sistema integrante de TARGET, tengan acceso a una cuenta dedicada de efectivo para la liquidación bruta en tiempo real de grandes pagos (en adelante, "DCA RTGS", por sus siglas en inglés) como titulares de BIC accesibles o mediante acceso de cuenta múltiple; y que

(b) tengan, a juicio del Banco de España, suficiente solvencia y capacidad jurídica y técnica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-20.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-6455.

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