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Decreto Vigente

Cláusula 33. Préstamos no representados por títulos-valores.

Cláusula 33 del Decreto 215/1973, de 25 de enero, por el que se aprueba el pliego de cláusulas generales para la construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión. · BOE-A-1973-220

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-02-17.

Texto consolidado

Cuando la situación de los mercados de valores interior o exterior así lo aconseje, la Sociedad concesionaria podrá solicitar y obtener préstamos no representados por títulos-valores, cuyo vencimiento sea anterior al término del plazo de duración de la concesión.

Corresponde al Ministerio de Hacienda, previo informe de la Delegación del Gobierno, autorizar estas operaciones crediticias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1973-02-17.

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