BASE TERCERA
BASE TERCERA de la Ley 7/1989, de 12 de abril, de Bases de Procedimiento Laboral. · BOE-A-1989-8294
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-03.
Texto consolidado
Conflictos y cuestiones de competencia
1. Los conflictos de competencia, positivos y negativos, se regularán de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
2. El régimen de las cuestiones de competencia entre Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional social tenderá a uniformarse con el previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil. En todo caso, las declinatorias se propondrán como excepciones perentorias y serán resueltas previamente en la sentencia, sin suspender el curso de los autos.