Artículo 21.
Artículo veintiuno de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia. · BOE-A-1982-15031
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-07-09.
Texto consolidado
Uno. La Asamblea Regional representa al pueblo de la Región de Murcia.
Dos. La Asamblea Regional es inviolable.