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Ley Orgánica Vigente

Artículo veintitrés.

Artículo veintitrés de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas. · BOE-A-1982-11584

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-06-10.

Texto consolidado

Uno. A la Sección de Fiscalización corresponde la verificación de la contabilidad de las Entidades del sector público y el examen y comprobación de las cuentas que han de someterse a la fiscalización del Tribunal.

Dos. La Sección de Fiscalización se organizará en departamentos sectoriales y territoriales al frente de cada uno de los cuales estará un Consejero de Cuentas.

Tres. La Ley de Funcionamiento del Tribunal determinará la estructura interna que adopten los departamentos.

Cuatro. El Fiscal del Tribunal designará los Abogados Fiscales adscritos al Departamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-06-10.

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