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Ley Vigente

Artículo veintitrés.

Artículo veintitrés de la Ley 30/1972, de 22 de julio, sobre Régimen Económico-fiscal de Canarias. · BOE-A-1972-1094

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-01-01.

Texto consolidado

El Gobierno, a propuesta de la Junta Económica Interprovincial de Canarias, oídas las Juntas Provinciales de Precios, podrá aplicar con carácter excepcional, y en forma especial para Canarias, los derechos reguladores establecidos en el Decreto seiscientos once/mil novecientos sesenta y tres, de veintiocho de marzo.

Los rendimientos de estos derechos se ingresarán en la Caja de la Junta Interprovincial de Arbitrios Insulares.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1973-01-01.

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