El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo veintiséis.

Artículo veintiséis de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio. · BOE-A-1981-12774

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-06-06.

Texto consolidado

Uno. La Autoridad gubernativa podrá ordenar la intervención de industrias o comercios que puedan motivar la alteración del orden público o coadyuvar a ella, y la suspensión temporal de las actividades de los mismos, dando cuenta a los Ministerios interesados.

Dos. Podrá, asimismo, ordenar el cierre provisional de salas de espectáculos, establecimientos de bebidas y locales de similares características.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-06-06.

Más artículos de Ley Orgánica 4/1981

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 4/1981 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.