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Ley Orgánica Derogada

Artículo veintiséis.

Artículo veintiséis de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar. · BOE-A-1985-25779

Atención: Ley Orgánica 13/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La duración de las penas temporales será la siguiente:

- La de prisión, de tres meses y un día a veinticinco años, salvo lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de este Código.

- Las accesorias de suspensión y deposición de empleo, inhabilitación absoluta, suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo, el tiempo de la principal.

- La de confinamiento, de seis meses y un día a seis años.

- La de destierro, de tres meses y un día a seis años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-06-01.

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