Artículo veintiséis.
Artículo veintiséis de la Ley 30/1972, de 22 de julio, sobre Régimen Económico-fiscal de Canarias. · BOE-A-1972-1094
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-01-01.
Texto consolidado
Sin perjuicio de la desgravación fiscal de los impuestos indirectos estatales a que se refiere el artículo dieciséis, el Arbitrio Insular de Entrada de Mercancías, el de Lujo y los demás tributos indirectos que perciban los Cabildos y Municipios canarios serán objeto de desgravación del arbitrio a la exportación y a su salida para eI resto del territorio nacional, con cargo a los ingresos de estas entidades, salvo lo previsto en el párrafo segundo del número dos de la letra F) del artículo veintidós.