Artículo 28 ter.
Artículo veintiocho ter de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. · BOE-A-1982-20824
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-17.
Texto consolidado
1. El Consejo de Navarra es el órgano consultivo superior de la Comunidad Foral de Navarra, ejerciendo sus funciones con autonomía orgánica y funcional, en garantía de su objetividad e independencia.
2. Por ley foral se regulará la composición, elección, atribuciones, régimen jurídico y funcionamiento del Consejo de Navarra.