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Ley Orgánica Vigente

Artículo veintinueve.

Artículo veintinueve de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. · BOE-A-1981-10325

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-05-27.

Texto consolidado

El Defensor del Pueblo está legitimado para interponer los recursos de inconstitucionalidad y de amparo, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución y en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-05-27.

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