Artículo V
ARTÍCULO V del Instrumento de Ratificación del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos económicos, firmado en Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979. · BOE-A-1979-29490
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-12-04.
Texto consolidado
Las asociaciones y entidades religiosas no comprendidas entre las enumeradas en el articulo IV de este Acuerdo y que se dediquen a actividades religiosas, benéfico-docentes, médicas u hospitalarias, o de asistencia social tendrán derecho a los beneficios fiscales que el ordenamiento jurídico-tributario del Estado español prevé para las entidades sin fin de lucro y, en todo caso, los que se conceden a las entidades benéficas privadas.