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Ley Vigente

Artículo uno. Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado.

Artículo uno de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. · BOE-A-1991-30903

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-01.

Texto consolidado

En los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de 1992 se integran:

a) El Presupuesto del Estado.

b) Los Presupuestos de los Organismos Autónomos del Estado de carácter administrativo.

c) Los Presupuestos de los Organismos Autónomos del Estado de carácter comercial, industrial, financiero o análogo.

d) El Presupuesto de la Seguridad Social.

e) Los Presupuestos de los siguientes entes del sector público estatal, cuya normativa especifica confiere carácter limitativo a los créditos de su Presupuesto de Gasto:

– Consejo de Seguridad Nuclear.

– Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

– Instituto Español de Comercio Exterior.

– Consejo Económico y Social.

– Agencia Estatal de Administración Tributaria.

– Instituto Cervantes.

f) El Presupuesto del Ente Público Radiotelevisión Española y de las Sociedades estatales para la gestión de los Servicios públicos de Radiodifusión y Televisión.

g) Los Presupuestos de las Sociedades estatales de carácter mercantil.

h) Los Presupuestos de las restantes Entidades de Derecho Público a que se refiere el artículo 6 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-01-01.

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