Artículo único.
Artículo único del Real Decreto 1416/1982, de 28 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales. · BOE-A-1982-16226
Atención: Real Decreto 1416/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se aprueba la adjunta Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales que no posean ya Reglamentación específica.
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