Artículo único.
Artículo único del Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio, por el que se aprueban el Reglamento del Registro Central de Personal y las normas de coordinación con los de las restantes Administraciones Públicas. · BOE-A-1986-18101
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-07-09.
Texto consolidado
Se aprueba el Reglamento del Registro Central de Personal y las normas de coordinación con los de las restantes Administraciones Públicas, en desarrollo y ejecución de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.