Artículo único. Objeto.
Artículo único del Real Decreto 1230/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y venta de las aceitunas de mesa. · BOE-A-2001-21717
Atención: Real Decreto 1230/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y venta de las aceitunas de mesa.