Artículo único.
Artículo único de la Orden de 13 de noviembre de 1996 por la que se establece la lista de medicamentos veterinarios que podrán formar parte de los botiquines de urgencia. · BOE-A-1996-25753
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-11-21.
Texto consolidado
Los botiquines de urgencia a que se refiere el artículo 92 del Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, podrán disponer únicamente de los medicamentos veterinarios comprendidos en los grupos terapéuticos incluidos en la lista que figura en el anexo de la presente Orden.