Artículo único. Habilitación del mes de agosto para la presentación de candidaturas o celebración de elecciones en los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas a celebrar en 2020.
Artículo único de la Orden CUD/614/2020, de 3 de julio, por la que se habilita el mes de agosto a los efectos de presentación de candidaturas o celebración de votaciones en los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas a celebrar en 2020. · BOE-A-2020-7380
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-08.
Texto consolidado
En los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas a celebrar en 2020, el mes de agosto será considerado hábil a los efectos de presentación de candidaturas o celebración de votaciones.
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