Artículo único. Modificación de los plazos fijados en los artículos 95 y 96.1 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, para el año 2021.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-27.
Texto consolidado
En el año 2021, los plazos previstos en los artículos 95 y 96.1 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, quedan modificados como sigue:
1. En el año 2021 el plazo de presentación de la solicitud única, previsto en el artículo 95, finalizará el 15 de mayo de 2021, inclusive.
2. En el año 2021 el plazo para modificar la solicitud única a que se refiere el artículo 96.1, finalizará el 15 de junio de 2021, inclusive.
Más artículos de Orden APA/407/2021
- → Disposición final única. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Orden APA/407/2021, de 25 de abril, por la que se amplían, para el año 2021, los plazos de presentación de la solicitud única y de la modificación de la solicitud única, establecidos respectivamente en los artículos 95 y 96 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.