Artículo único.
Artículo único de la Ley 7/2010, de 29 de septiembre, por la que se aprueban varios convenios de colaboración con otras Comunidades Autónomas para el establecimiento de programas de actuación conjunta en diversas materias. · BOE-A-2010-15790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-26.
Texto consolidado
1. Aprobar los convenios de colaboración, que se incluyen como anexos I a VII de la presente Ley, para el establecimiento de programas de actuación conjunta en las diversas materias que señalan cada uno de los contenidos de los textos.
2. Autorizar al Presidente o al Consejero de Presidencia para la firma de los convenios