Artículo único.
Artículo único de la Ley 5/2021, de 26 de octubre, sobre enseñanza de religión y sus alternativas. · BOE-A-2021-18190
Atención: Ley 5/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En todos los niveles educativos de la Comunidad Autónoma de La Rioja en Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato, la asignatura específica de Religión y sus alternativas tendrán una carga lectiva máxima correspondiente a la mínima establecida, con carácter prescriptivo, en la normativa básica de ámbito estatal.