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Ley Vigente

Artículo único.

Artículo único de la Ley 5/1988, de 28 de marzo, de creación de las comarcas del Pla de l'Estany, el Pla d'Urgell y la Alta Ribagorça. · BOE-A-1988-13636

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-06-05.

Texto consolidado

1. Se crean las comarcas del Pla de l’Estany, el Pla d’Urgell y la Alta Ribagorça, formadas por la agrupación de los siguientes municipios:

a) Comarca del Pla de l’Estany: Banyoles, Camós, Cornellá de Terri, Crespiá, Esponellà, Fontcoberta, Palol de Revardit, Porqueres, Sant Miquel de Campmajó, Serinyà y Vilademuls.

b) Comarca del Pla d’Urgell: Barbens, Bell-lloc d’Urgell, Bellvís, Castellnou de Seana, Fondarella, Golmés, Ivars d’Urgell, Linyola, Miralcamp, Mollerussa, el Palau d’Anglesola, el Poal, Sidamon, Torregrossa, Vilanova de Bellpuig i Vila-sana.

c) Comarca de la Alta Ribagorça: Barruera, el Pont de Suert i Vilaller.

2. Serán capitales de estas comarcas, respectivamente, el municipio de Banyoles, el municipio de Mollerussa y el municipio de Pont de Suert.

3. Con la creación de estas comarcas quedan modificadas las comarcas de las Garrigues, el Gironès, la Noguera, el Pallars Jussà, el Segrià i el Urgell, en los términos que resultan de la nueva adscripción comarcal de los municipios incluidos en el apartado 1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-06-05.

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