Artículo undécimo.
Artículo undécimo del Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de actividades subacuáticas. · BOE-A-1969-1129
Atención: Decreto 2055/1969 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los españoles poseedores de títulos de buceo profesional con anterioridad a su licencia absoluta estarán encuadrados en la matrícula naval militar, de conformidad con lo establecido en el artículo doce de la Ley General del Servicio Militar.