Artículo 31.
Artículo treinta y uno de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. · BOE-A-1982-20824
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-08-16.
Texto consolidado
El Presidente y los Diputados forales responden solidariamente ante el Parlamento de su gestión política, sin perjuicio de la responsabilidad directa de los mismos en su gestión.