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Ley Vigente

Artículo treinta y uno. Retribuciones del personal contratado administrativo.

Artículo treinta y uno de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. · BOE-A-1991-30903

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-01.

Texto consolidado

Las retribuciones del personal contratado administrativo a que se refiere la disposición transitoria sexta de la Ley 30/1984, hasta tanto no concluya el proceso de extinción previsto en dicha Ley, experimentarán un incremento del 5 por 100 respecto de las establecidas en 1991.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-01-01.

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