Artículo treinta y tres. Recompensas, cruces y medallas.
Artículo treinta y tres de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. · BOE-A-1991-30903
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-01.
Texto consolidado
Uno. Las cuantías de las recompensas y pensiones de mutilación experimentarán un incremento del 5 por 100 respecto de las establecidas en 1991.
Dos. La Cruz Laureada de San Fernando y la Medalla Militar individual se regirán por su legislación especial.