Artículo treinta y tres.
Artículo treinta y tres de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque. · BOE-A-1985-14880
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-01.
Texto consolidado
Por la aceptación, el librado se obliga a pagar la letra de cambio a su vencimiento.