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Real Decreto Vigente

Artículo treinta uno.

Artículo treinta uno del Real Decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial. · BOE-A-1976-26183

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1976-12-29.

Texto consolidado

El Instituto Nacional de la Vivienda es un Organismo autónomo adscrito al Ministerio de la Vivienda y dependiente directamente del titular del mismo.

El Director general de la Vivienda será su Director general, ostentará la representación del Organismo, desempeñará las funciones de ordenador de pagos y será el Jefe de los. Servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1976-12-29.

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