Artículo trece.
Artículo trece del Decreto 2780/1973, de 19 de octubre, por el que se regulan los Colegios Mayores Universitarios. · BOE-A-1973-1544
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-11-30.
Texto consolidado
Uno. En cada Colegio Mayor existirá une Comisión Directiva con las funciones que establezca su Reglamento.
Dos. El tiempo que inviertan en dicha labor, tanto el Director como la Comisión Directiva, será tenido en cuenta, a efectos de su reconocimiento como actividad académica.