Artículo tercero.
Artículo tercero del Real Decreto 967/1980, de 19 de mayo, por el que se crea la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Asuntos Exteriores. · BOE-A-1980-10312
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-05.
Texto consolidado
(Derogado)
Téngase en cuenta que ya estaba derogado por la Orden de 11 de junio de 1997.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 776/2011, de 3 de junio, por el que se suprimen determinados órganos colegiados y se establecen criterios para la normalización en la creación de órganos colegiados en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos..