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Real Decreto Vigente

Artículo tercero. Medidas liberalizadoras.

Artículo tercero del Real Decreto 380/1980, de 22 de febrero, sobre industria farmacéutica. · BOE-A-1980-4805

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-03-23.

Texto consolidado

Se autoriza la libre instalación, ampliación y traslado de las industrias de fabricación de especialidades farmacéuticas, sin perjuicio de las autorizaciones de fabricación y cumplimiento de lo prevenido en la legislación sanitaria.

Queda exceptuada de lo establecido en el párrafo anterior, por estar sometida a control del Estado, la producción de especialidades farmacéuticas que contengan estupefacientes y psico-trópicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-03-23.

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