Artículo tercero.
Artículo tercero del Real Decreto 319/1982, de 12 de febrero, por el que se reestructura y adscribe directamente el Servicio de Vigilancia Aduanera. · BOE-A-1982-4571
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-03-17.
Texto consolidado
El Servicio de Vigilancia Aduanera se estructurará en los siguientes Organos;
‒ Inspección General.
‒ Servicios Territoriales:
• Jefaturas de Zonas.
• Jefaturas Provinciales.
• Destacamentos.