Artículo 3.
Artículo tercero de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. · BOE-A-1982-20824
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-08-16.
Texto consolidado
De acuerdo con la naturaleza del Régimen Foral de Navarra, su Amejoramiento, en los términos de la presente Ley Orgánica, tiene por objeto:
Uno. Integrar en el Régimen Foral de Navarra todas aquellas facultades y competencias compatibles con la unidad constitucional.
Dos. Ordenar democráticamente las instituciones Forales de Navarra.
Tres. Garantizar todas aquellas facultades y competencias propias del Régimen Foral de Navarra.