Artículo tercero.
Artículo tercero de la Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos. · BOE-A-1979-26445
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-11-26.
Texto consolidado
El Ministerio de Sanidad y Seguridad Social autorizará expresamente los Centros sanitarios en que pueda efectuarse la extracción de órganos humanos. Dicha autorización determinará a quien corresponde dar la conformidad para cada intervención.