Artículo siete.
Artículo siete del Real Decreto 2434/1977, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea. · BOE-A-1977-23555
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-08-02.
Texto consolidado
Para ser admitido a las pruebas selectivas previas al ingreso será preciso cumplir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Edad comprendida entre los dieciocho y treinta años, cumplidos en la fecha de la convocatoria.
c) Estar en posesión del titulo de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1979-16701.