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Ley Foral Vigente

Artículo sexto. Comisión de trabajo permanente de seguimiento y evaluación de la lucha contra el fraude y la economía sumergida.

Artículo sexto de la Ley Foral 14/2013, de 17 de abril, de Medidas contra el fraude fiscal. · BOE-A-2013-5623

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-30.

Texto consolidado

En el plazo de tres meses tras la aprobación de esta Ley Foral se creará una Comisión de trabajo permanente de seguimiento y evaluación de la lucha contra el fraude y la economía sumergida compuesta por una representación del Gobierno de Navarra, un representante de cada Grupo Parlamentario y los representantes de cuando menos, las cuatro formaciones sindicales de mayor implantación en Navarra y de otras entidades socioeconómicas, al objeto de analizar las actuaciones de este ámbito, plantear propuestas y realizar un seguimiento de los planes de actuación y de las medidas diseñadas para luchar contra el fraude fiscal.

Dicha Comisión Permanente se reunirá, como mínimo, con carácter trimestral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-04-30.

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