Artículo 65.
Artículo sesenta y cinco de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. · BOE-A-1982-20824
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-08-16.
Texto consolidado
La Administración del Estado y la Administración Foral podrán celebrar convenios de cooperación para la gestión y prestación de obras y servicios de interés común.