El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo séptimo.

Artículo séptimo del Real Decreto 1961/1980, de 13 de junio, por el que se establece un régimen de indemnizaciones optativas para los pasajeros de los servicios aéreos regulares a quienes se niegue el embarque en el vuelo contratado. · BOE-A-1980-21269

Atención: Real Decreto 1961/1980 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En los supuestos a que se refiere el presente Real Decreto, con el fin de intentar, en la medida posible, evitar perjuicios a los pasajeros, la Compañía aérea transportista o sus representantes podrán optar por ofrecer una compensación libremente pactada a aquéllos que, a cambio de la misma, estén dispuestos a renunciar voluntariamente a su plaza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-04-01.

Más artículos de Real Decreto 1961/1980

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1961/1980 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.