Artículo segundo. La Secretaría General del Instituto.
Artículo segundo del Real Decreto 2358/1982, de 27 de agosto, por el que se determina la estructura orgánica del Instituto Social de la Marina. · BOE-A-1982-24551
Atención: Real Decreto 2358/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Uno. El Secretario general, con nivel orgánico de Subdirector general, ejercerá las competencias y funciones en materia de información y relaciones pública, inspección de servicios y relaciones internacionales de carácter interinstitucional y las que expresamente le delegue el Director general del Instituto. Le corresponderá asimismo, la coordinacior de las Subdirecciones Generales, Servicios y demás dependencias del Instituto. El Secretario general sustituirá al Director general del Instituto en los casos de ausencia, enfermadad o vacante.
Dos. En la Secretaría General se integrarán las funciones de información, relaciones públicas, relaciones internacionales, fondos documentales, edición y distribución de publicaciones, relaciones con los servicios informáticos y el Servicio Jurídico Delegado, así como las de recursos humanos, prevención de riesgos laborales y formación del personal del Instituto y calidad de los servicios.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 74, de 26 de marzo de 2010. Ref. BOE-A-2010-4980
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-3472.