Artículo segundo.
Artículo segundo del Real Decreto 1961/1980, de 13 de junio, por el que se establece un régimen de indemnizaciones optativas para los pasajeros de los servicios aéreos regulares a quienes se niegue el embarque en el vuelo contratado. · BOE-A-1980-21269
Atención: Real Decreto 1961/1980 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente disposición se aplicará en relación con todos los servicios aéreos regulares, nacionales e internacionales, que se efectúen desde cualquier punto del territorio español por Compañías aéreas españolas o extranjeras.