Artículo quinto.
Artículo quinto del Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril, por el que se crea el Instituto de Astrofísica de Canarias y se establece su régimen jurídico. · BOE-A-1982-10344
Atención: Real Decreto-ley 7/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Director del Instituto es el Organo ejecutivo del Consejo Rector, asimismo le corresponde resolver sobre las cuestiones de índole científica. Será nombrado por el Consejo Rector a propuesta conjunta de la Universidad de La Laguna y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Corresponde al Director proponer al Consejo Rector la adopción de las decisiones a que se refieren los apartados b), c), d), e) y f) del párrafo segundo del artículo cuarto, así como el ejercicio de las funciones ejecutivas del Instituto.