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Real Decreto Derogada

Artículo quinto.

Artículo quinto del Real Decreto 2876/1982, de 15 de octubre, por el que se regula el registro y uso de aeronaves de estructura ultraligera y se modifica el registro de aeronaves privadas no mercantiles. · BOE-A-1982-29134

Atención: Real Decreto 2876/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El propietario o usuario del vehículo ultraligero deberá llevar consigo la cédula de identificación junto con el carné de tripulante o título o licencias correspondiente siempre que haya de realizar o realice ejercicio de vuelo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-11-29.

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